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01/12/2015
Desde el 1 de diciembre de 2015 entra en vigor la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de duración:.
1. Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada.
• Muy corta: inferior a cinco días naturales.
• Corta: de 5 a 30 días naturales.
• Media: de 31 a 60 días naturales.
• Larga: de 61 o más días naturales.
2. Normas comunes sobre tramitación de los partes médicos.
• El trabajador, está obligado a presentar a la empresa la copia de los partes de baja y confirmación destinada a ella, en el plazo de 3 días contados a partir de la fecha de su expedición. El parte de alta está obligado a presentarlo a la empresa dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.
• La empresa, tiene la obligación de transmitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el parte de baja, de confirmación o de alta presentado a la misma por el trabajador, después de cumplimentar los apartados a ella concernientes, a través del sistema RED, con carácter inmediato y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 3 días hábiles a partir de su recepción.
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